Nuestro asociado G 2 Plus Gestión y Eficiencia Energética nos informa del Real Decreto de Eficiencia Energética de una manera fácil y clara mediante 6 claves para saber la importancia que tiene para las empresas.
El Real Decreto de Eficiencia Energética (56/2016) ya está aquí. Esperado por el sector con impaciencia ha sido recibido por unos con alivio, por otros con críticas y quizá con alguna indiferencia. Pero a los gestores energéticos nos preguntan: ¿Cómo me afectará?
Para responder a esta pregunta, podéis descargar el Boletín Oficial del Estado pinchando en este [wpfilebase tag=fileurl id=1024 linktext=enlace /] o podéis seguir leyendo nuestras 6 claves para entenderlo y, en pocos minutos, tener una visión clara sobre cómo afecta a tu trabajo y a tu empresa.
1. El Contexto: ¿Por qué necesita España este Real Decreto?
La eficiencia energética es un aspecto esencial de la estrategia europea para un crecimiento sostenible dentro del horizonte 2020, y una de las formas más rentables para reforzar la seguridad del abastecimiento energético y para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y de otras sustancias contaminantes. Es por este motivo, que todos los estados miembros de la Unión Europea se comprometieron a aumentar la eficiencia energética un 20% antes de llegar a 2020.
2. ¿A mi empresa le afecta?
Esta es la pregunta del millón. Hay dos posibles escenarios:
Si eres una gran empresa sí. Y para esta regulación, eres una gran empresa si tienes más de 250 empleados en plantilla o facturas más de 50M€ al año, sea en una única sociedad o en un grupo de sociedades.
Si eres PYME, no hace falta que lo hagas por ley, pero siempre está bien ahorrar un buen dinero a final de mes, ¿no? Que es el final lo que generamos gracias a la eficiencia energética: ahorro y optimización.
3. ¿De qué formas puedo cumplir con el RD?
Pues bien, hay dos maneras:
La primera de ellas es la realización de auditorías energéticas.
La segunda es la implantación de un Sistema de Gestión Energética (ISO 50001).
4. ¿Cuánto tiempo dispongo para cumplir con la legislación?
Tienes hasta el próximo 13 de Noviembre de 2016.
5. Y… ¿Qué pasa si no cumplo con el RD 56/2016?
Que el estado multará a tu empresa con entre 10.000€ y 60.000€ cada vez que revise tu caso (mínimo una vez cada 4 años).
6. ¿De qué forma controlará el estado que estoy cumpliendo?
Una vez realizadas las auditorías energéticas o tengas implantado el Sistema de Gestión Energética, debes notificarlo al Registro Administrativo de Auditorías Energéticas a través del órgano competente en materia de energía de tu comunidad autónoma.
Más información sobre las 6 claves [wpfilebase tag=fileurl id=1025 linktext=’aqui’ /].
Para cualquier duda, podéis poneros en contacto con:
Manuel Aguilar
G 2 Plus Gestión y Eficiencia Energética
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