La Ley de Reformas urgentes del Trabajo Autónomo se publicó el pasado 26 de Octubre de 2017 y aunque ya se ha podido disfrutar de diversas novedades, algunas medidas no han entrado en vigor hasta principios de este año 2018.
A continuación os dejamos las novedades más destacadas que han tenido efecto desde la fecha de su publicación en el BOE (Octubre de 2017):
- Los trabajadores por cuenta propia pueden deducirse como gasto un máximo de 26,67 euros en comida. Para ello, deben pagarse con tarjeta y solicitar factura. En caso de ser en el extranjero, la cantidad es de 48,08 euros.
- Los autónomos podrán jubilarse y recibir el 100% de la pensión, mientras siguen trabajando. La condición es tener, al menos, un asalariado al cargo.
- La cuota de autónomos es competencia de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y ya no se relaciona con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- Se ha ampliado a 12 años la bonificación del 100% de la cuota cuando se tiene menores (hasta esa edad) al cargo. En los casos de baja por paternidad, maternidad o adopción, están exentos de pagar la cuota.
- Las madres autónomas se pueden beneficiar de una bonificación en la cuota de contingencias comunes tras la baja. Esta bonificación consiste en una tarifa plana de 50 euros durante un año.
- Los autónomos pueden contratar a familiares de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad, con una bonificación del 100% de la cuota un año.
Seguidamente os dejamos con las novedades que se pueden disfrutar desde comienzos de este año:
- Ampliación Tarifa Plana. Una de las más deseadas. La tarifa plana de 50 euros de cuota se amplía a un año. Después, los siguientes 6 meses se podrá acoger a una reducción del 50% de la cuota, y los siguientes 6 meses del 30%. Además, los hombres menores de 30 años y las mujeres menores de 35, tendrán una bonificación extra un año más. Tampoco será necesario no haber estado dado de alta como autónomo en los últimos 5 años, sino en los últimos 2.
- Deducción suministros. Otras de las medidas más comentadas. Los trabajadores por cuenta propia que realicen su actividad en su domicilio, podrán deducirse hasta el 30% de los suministros del hogar, como la luz, el agua o internet.
- Los autónomos podrán darse alta y de baja hasta tres veces en el año natral, dependiendo de lo que les interese.
- De igual manera, los profesionales autónomos podrán cambiar sus bases de cotización hasta cuatro veces en el mismo año natural. Esto es muy útil para negocios estacionales, o en los que se ingrese más o menos en determinadas épocas.
- Con la nueva ley, el trabajador por cuenta propia cotizará desde el día que se da de alta, y no por el mes completo. Por ende, pagará solo por los días cotizados. Es decir, si un autónomo se da de alta el 25 de enero, solo cotizará, y pagará, por los 6 días del mes.
- Los recargos por deudas a la Seguridad Social se reducen al 10% el primer mes natural.
- Personas vulnerables. Las cuotas de las personas discapacitadas, las víctimas de la violencia de género o terrorista, tendrán una reducción del 80% de la cuota durante un año, y del 50% los siguientes 48 meses.